Antolín Arellano, N; Quílez Conde, J.C; Arriba Olivenza, T; Legorburu Díaz, M.S; Lois Carbajo, D.
Mujer de 15 años que acude a consulta para consejo anticonceptivo y control de su anticoncepción. No antecedentes médico-quirúrgicos de interés; entre sus antecedentes gineco-obstétricos destacan, tipo menstrual regular, menarquia a los 10 años, usuaria de anticoncepción hormonal combinada y pareja estable, de 22 años, desde hace 8 meses. En exploración, no hallazgos patológicos (IMC: 21; TA: 100/60).
DISCUSIÓN
Atendiendo a las características clínicas, el caso no presenta complicaciones; el uso de AH en jóvenes, en ausencia de otras contraindicaciones, es seguro, como en el caso de nuestra paciente.
La complejidad de la prescripción se plantea en la edad de la usuaria, inferior a la mayoría de edad legal (18 años) y sanitaria (16 años). Actualmente, con las leyes vigentes, la edad límite inferior para la prescripción de anticoncepción, en ausencia del tutor legal, son los 13 años, superados por nuestra usuaria. En esta situación, lo que debe valorarse para poder prescribir un método anticonceptivo es la madurez de la misma. En el caso clínico, la menor, parece tener un grado de madurez suficiente para hacerse cargo de la situación, por lo que se hará constar en la historia clínica dicha capacidad.
CONCLUSIONES
La prescripción en menores de edad legal o sanitaria requiere la valoración de la capacidad del usuario para tomar una decisión correcta, siempre que sea su edad de 13 años o más. Esto se deberá justificar debidamente en la historia clínica, sin necesidad de solicitar para ello la presencia y aprobación del tutor legal.